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Justificación

Una vez concluida la estancia y en el plazo de 15 días desde el día siguiente a su regreso, el beneficiario/a deberá justificar la realización de la misma ante Andalucía Emprende, Fundación Pública Andaluza, rellenando un informe técnico (véase Anexo 3) y un cuestionario de experiencia y buenas prácticas (véase Anexo 4), para analizar el impacto del programa y la satisfacción de los beneficiarios/as-, que estarán colgados en la web www.iemprendedores.es y a los que accederá a través de la cuenta que cada beneficiario/a tendrá en dicha web.

Adicionalmente, Andalucía Emprende podrá realizar todos los controles que crea pertinentes para la comprobación del desarrollo de la estancia por parte del beneficiario/a.

En los siguientes casos, el beneficiario/a deberá proceder a reintegrar las cantidades percibidas y cabrá exigir el interés de demora correspondiente desde el momento del pago del incentivo hasta la fecha en que se acuerde el reintegro:

  • Obtención del incentivo manipulando los requisitos exigidos en las bases reguladoras u ocultando aquéllos que lo hubieran impedido.
  • No realización de la estancia para la que se ha concedido el incentivo, abandono de la estancia o falta de aprovechamiento de la misma.
  • Incumplimiento de la obligación de justificación o justificación insuficiente.

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